EL temor a a que se armonice el Impuesto de Sucesiones
y Donaciones a nivel nacional ha llevado a muchos ciudadanos a adelantar la
donación de bienes para ahorrarse el correspondiente sablazo fiscal.
En la práctica, esta supresión del impuesto
autonómico supondrá un importante incremento tributario en aquellas autonomías,
como VALENCIA, que, hasta ahora gozaban de amplias exenciones.
El aluvión de donaciones inter vivos ha supuesto un
incremento notable de estas operaciones, fundamentalmente en donaciones entre
progenitores hacía sus descendientes. Las subidas en el Impuesto de Sucesiones
y Donaciones es, junto con Patrimonio y por delante del IRPF, el principal
motivo para que muchos contribuyentes opten por deslocalizar sus deberes con el
fisco a otras comunidades con tasas impositivas más bajas.
Las entidades financieras han mandado a sus clientes
emails y comunicados de alerta para explicar el posible cambio en la
fiscalidad, donde se establece entre un 10% y un 15% de gravamen -además de
subidas paralelas de las autonomías-. Asimismo, asociaciones como Aedaf
-Asociación Española de Asesores Fiscales- también han aconsejado a sus
afiliados que hagan lo propio y estudien si les conviene realizar las
donaciones ahora, como medida de precaución.
Toda la atención está puesta en el Consejo de
Ministros de este viernes, donde estará encima de la mesa la propuesta de la
reforma fiscal de “los expertos de Cristóbal Montoro” y, por ende, esta medida
fiscal en donaciones. Fuentes consultadas por el diario económico ven muy
improbable que el Gobierno decida el cambio de Sucesiones en el mismo Consejo,
pero no se descarta que se apruebe más adelante mediante Real Decreto. Desde el
Ministerio de Hacienda entienden que esta medida trata de unificar la unidad de
mercado dentro del territorio nacional, con lo que, prácticamente, la subida de
impuestos se da por hecha.
Cambios de residencia para pagar menos
La autonomía fiscal ha incentivado estrategias para reducir las
cuotas tributarias. Si bien la tendencia en el impuesto sobre sucesiones y
donaciones hasta ahora era la convergencia a la baja, todavía existen
diferencias ente las comunidades autónomas y no resulta extraño que se
produzcan cambios de residencia para pagar menos impuestos. En este sentido,
hay que tener en cuenta que, en el caso de una herencia, el beneficiario deberá
tributar en función de la comunidad en la que el fallecido hubiera vivido más
tiempo en los últimos cinco años antes de la muerte. En el caso de las
donaciones, la casuística es más variable. Así, si se dona un inmueble, la
tributación se producirá en la comunidad donde radique el bien. Y en el caso de
dinero en metálico, se pagará el impuesto en el lugar donde el contribuyente
que recibe la donación haya vivido durante más tiempo en los últimos cinco
años.
*Si necesita asistencia profesional, no dude en contactar con nosotros:
Mota&Ferrer Asesores
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