jueves, 29 de octubre de 2015

¿Sabes que es el sistema de Garantía Juvenil?

Sistema de Garantia Juvenil

El Sistema tiene por finalidad que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación, y que sean mayores de 16 años y menores de 25 puedan recibir una oferta de empleo, educación, formación de aprendiz o prácticas tras acabar la educación formal o quedar desempleadas. En el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% la edad se eleva hasta los 30 años.
El procedimiento de inscripción se ha establecido de manera telemática a través de identificación electrónica (DNI electrónico, Certificado electrónico u otros medios reconocidos) y con usuario y contraseña, mediante el envío de claves al teléfono móvil o correo electrónico. Para los supuestos de personas en riesgo de exclusión social y/o discapacidad, se podrá solicitar la inscripción de forma presencial.

Requisitos para el joven:
• Tener entre 16 y 30 años.
 • Tener la nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia.
 • También podrán inscribirse los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar.
 • Estar empadronado en cualquier localidad del territorio nacional español. Requisitos personale
s • No haber trabajado en los últimos 30 días.
• No haber recibido acciones educativas en los últimos 90 días. En el supuesto de que el interesado en inscribirse haya finalizado su participación en el sistema educativo o pueda ser destinatario de programas de segunda oportunidad, se considerará que queda sujeto a no haber recibido acciones educativas en los últimos 30 días.
• No haber recibido acciones formativas en los últimos 30 días.
 • Adquisición de un compromiso de participación activa.
Se establece una bonificación para la contratación de personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que implica para las empresas una bonificación mensual en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social de 300 € durante un máximo de seis meses. La medida es compatible con el resto de incentivos. Las empresas sólo se podrán aplicar este incentivo si con la contratación mantienen el nivel de empleo indefinido y el nivel de empleo total.


Requisitos para la empresa:  La bonificación será de aplicación a todas aquellas contrataciones que se efectúen desde el 5 de julio del 2014 hasta el 30 de junio de 2016  Mantener la contratación al menos 6 meses  Que la contratación suponga incrementar tanto el nivel de empleo indefinido como el nivel de empleo total, y mantener el nuevo nivel alcanzado con la contratación durante todo el periodo de disfrute de la bonificación. Para calcular dicho incremento, se tomará como referencia el promedio diario de trabajadores que hayan prestado servicios en los 30 días naturales anteriores a la celebración del contrato. No se tendrán en cuenta las extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios que no hayan sido declarados improcedentes.  Las empresas sólo podrán aplicar una vez las bonificaciones previstas en este artículo por cada uno de los beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil que contraten, con independencia del periodo de bonificación disfrutado por la empresa por cada trabajador.  Se deberá estar al corriente en las obligaciones tributarias para poder acogerse a las bonificaciones

Mota&Ferrer Asesores
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