jueves, 15 de octubre de 2015

Cómo funciona el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Valencia y cuánto pagarás por heredar o recibir dinero de familiares.


BENEFICIOS FISCALES IMPUESTO SUCESIONES

Adquisiciones por herencia o legado
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones grava,  las entregas de bienes por la vía de una sucesión o herencia y de las donaciones. Se trata de un tributo que se aplica en todo el Estado pero en el que tienen competencias las comunidades autónomas. Es decir, cada región puede realizar modificaciones en el gravamen para adaptarlo a  su situación, composición social e incluso necesidades presupuestarias.
A la hora de heredar el grado de parentesco es crucial para pagar más o menos impuestos, ya que existen reducciones a la base imponible para descendientes y ascencientes directos, aunque no son las únicas que deben tenerse en cuenta.
 Por parentesco 
Reducciones en la base imponible. No se paga nada hasta:
156.000 €, según edad, si se trata de descendientes menores de 21 años.
100.000 €, si se trata del resto de descendientes, ascendientes y cónyuge.

 Bonificación del 75% de la parte de la cuota tributaria que proporcionalmente corresponda a los bienes y derechos declarados. 
Para discapacitados
Reducciones en la base imponible. No se paga nada hasta 240.000 € o 120.000 €, según grado de discapacidad. 
 Bonificación del 75% de la parte de la cuota tributaria que proporcionalmente corresponda a los bienes y derechos declarados. 
Por adquisición de la vivienda habitual del causante
 Reducción del 95% del valor de la vivienda con el límite de 150.000 € siempre que la adquisición se mantenga cinco años. 
Por explotaciones agrícolas y empresa o negocio familiar y participaciones en determinadas entidades
 Reducción del 95% del valor de la explotación agrícola, empresa o negocio familiar, o de las participaciones en determinadas entidades. 

Por transmisión de bienes del patrimonio histórico artístico, siempre que sean cedidos para su exposición, con las condiciones que determina la ley
 Reducción del 95%, 50% o 25% del valor del bien, en función del periodo de cesión del mismo. 

El plazo para hacer frente al Impuesto de Sucesiones en Valencia es de seis meses desde el fallecimiento, un periodo que se podrá prorrogar si así se solicita durante los cinco primeros meses.


*Si necesita asistencia profesional, no dude en contactar con nosotros:

Mota&Ferrer Asesores
6330602442 / 633833111
www.motaferrerasesores.com
info@motaferrerasesores.com


No hay comentarios:

Publicar un comentario