Sistema de Garantia Juvenil
El
Sistema tiene por finalidad que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas
en los sistemas de educación o formación, y que sean mayores de 16 años y
menores de 25 puedan recibir una oferta de empleo, educación, formación de
aprendiz o prácticas tras acabar la educación formal o quedar desempleadas. En
el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% la
edad se eleva hasta los 30 años.
El
procedimiento de inscripción se ha establecido de manera telemática a través de
identificación electrónica (DNI electrónico, Certificado electrónico u otros
medios reconocidos) y con usuario y contraseña, mediante el envío de claves al
teléfono móvil o correo electrónico. Para los supuestos de personas en riesgo
de exclusión social y/o discapacidad, se podrá solicitar la inscripción de
forma presencial.
Requisitos para el joven:
• Tener
entre 16 y 30 años.
• Tener la nacionalidad española o ser
ciudadanos de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o
Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y
residencia.
• También podrán inscribirse los extranjeros
titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite
para trabajar.
• Estar empadronado en cualquier localidad del
territorio nacional español. Requisitos personale
s • No
haber trabajado en los últimos 30 días.
• No
haber recibido acciones educativas en los últimos 90 días. En el supuesto de
que el interesado en inscribirse haya finalizado su participación en el sistema
educativo o pueda ser destinatario de programas de segunda oportunidad, se
considerará que queda sujeto a no haber recibido acciones educativas en los
últimos 30 días.
• No
haber recibido acciones formativas en los últimos 30 días.
• Adquisición de un compromiso de
participación activa.
Se
establece una bonificación para la contratación de personas
beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que implica para las
empresas una bonificación mensual en la aportación empresarial a la cotización
a la Seguridad Social de 300 € durante un máximo de seis meses. La medida es
compatible con el resto de incentivos. Las empresas sólo se podrán aplicar este
incentivo si con la contratación mantienen el nivel de empleo indefinido y el
nivel de empleo total.
Requisitos para la empresa: La bonificación será de
aplicación a todas aquellas contrataciones que se efectúen desde el 5 de julio
del 2014 hasta el 30 de junio de 2016 Mantener la contratación al menos 6 meses Que la contratación suponga incrementar tanto
el nivel de empleo indefinido como el nivel de empleo total, y mantener el
nuevo nivel alcanzado con la contratación durante todo el periodo de disfrute
de la bonificación. Para calcular dicho incremento, se tomará como referencia
el promedio diario de trabajadores que hayan prestado servicios en los 30 días
naturales anteriores a la celebración del contrato. No se tendrán en cuenta las
extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos
disciplinarios que no hayan sido declarados improcedentes. Las empresas sólo podrán aplicar una vez las
bonificaciones previstas en este artículo por cada uno de los beneficiarios del
Sistema Nacional de Garantía Juvenil que contraten, con independencia del
periodo de bonificación disfrutado por la empresa por cada trabajador. Se deberá estar al corriente en las
obligaciones tributarias para poder acogerse a las bonificaciones
Mota&Ferrer Asesores