martes, 20 de marzo de 2018

Obligación Sistema Red para los Autónomos


En seis meses los trabajadores autónomos deberán incorporarse al sistema RED para sus relaciones con la Seguridad Social
El pasado día 6 de marzo el BOE ha publicado la orden EES/214/2018, de 1 de marzo, por la que se modifica la Orden EES/484/2013, de 26 de marzo, que regula el sistema de remisión electrónica de datos (RED) en el ámbito de la Seguridad Social. Esta orden establece que dentro de seis meses todos los trabajadores autónomos deberán incorporarse al Sistema RED para sus relaciones con la Seguridad Social.
El denominado Sistema RED constituye la principal plataforma de acceso a los servicios electrónicos de la Seguridad Social, a través del cual se realizan los trámites y actuaciones de las empresas con la Administración de Seguridad Social.

La orden EES de hace cinco años estableció la obligación de las empresas en la utilización de la plataforma, excluyendo entonces a los trabajadores autónomos, ya que se valoraba que este colectivo no había evolucionado suficientemente en materia de desarrollo digital como para extender la obligación a  los mismos.

Por tanto:
Los trabajadores por cuenta propia tienen por delante el próximo medio año, hasta el último día del mes de agosto, para darse de alta en el Sistema RED, un servicio digital habilitado por la Tesorería General de la Seguridad Social. Para figurar como autorizado RED, estás obligado a tener un certificado digital propio o en su caso autorizar a un despacho profesional para realizar este trámite.

www.motaferrerasesores.com / info@motaferrerasesores.com

lunes, 19 de febrero de 2018

Prestación por maternidad para trabajadoras autónomas: ¿cómo funciona?

Prestación por maternidad para autónomos: ¿cómo funciona?

Para poder solicitar la prestación por maternidad debes cumplir una serie de requisitos :              
estar afiliado a la Seguridad Social y estar al corriente de pago de las cuotas de autónomo.

Además, dependiendo de tu edad, tendrás que acreditar un período mínimo de cotización.
- Para menores de 21 años no se solicita un mínimo.
-Si tienes entre 21 y 26 años tendrás que demostrar 90 días cotizados en los 7 años anteriores al parto o al inicio del descanso que elijas. Si no puedes acreditarlo, tendrás que haber cotizado 180 días de tu vida laboral. Finalmente, los mayores de 26 años tendrán que haber cotizado 180 días en el mismo período de tiempo o demostrar hasta 360 días cotizados en su vida laboral.

¿Y cuál es la prestación?

Subsidio durante 16 semanas ininterrumpidas. Este es el período máximo, a contar desde el día del parto o desde el día en que decidas descansar.Existe la opción de poder ceder hasta 10 semanas de descanso al otro progenitor, aunque las seis semanas posteriores al parto serán obligatoriamente para la madre.
 Recibirás el 100% de la base reguladora






                                      www.motaferrerasesores.com 

lunes, 12 de febrero de 2018

RENTA 2017

Ya tenemos fecha para el comienzo de la campaña de la declaración de la renta referida al ejercicio fiscal 2017, que se presentará en 2018.
 Desde el 4 de abril del 2018 hasta el 27 de junio de 2018, podremos solicitar y presentar por internet el borrador de la declaración de la renta 2017 (IRPF campaña año 2018). Desde las primeras semanas de mayo, será posible solicitar cita previa para la realización de declaraciones y modificación de borradores en oficinas de la Agencia Tributaria


Sin embargo, se puede empezar a hacer los deberes mucho antes. Este año se prevé acelerar ciertos trámites a partir del 15 de marzo, ya que la Agencia Tributaria permitirá acceder y confirmar los datos fiscales desde esa fecha y también solicitar el número de referencia a través de la página web de la AEAT para poder acceder a las plataforma RENO.


+Si necesita Asesoramiento Fiscal no dude en contactar con nuestro equipo.

www.motaferrerasesores.com / info@motaferrerasesores.com